Un aval
bancario es una operación de garantía mediante la cual una entidad financiera
(actuando como avalista) se compromete a responder del cumplimiento de una
obligación de un cliente (avalado) ante una tercera persona, que será el
beneficiario de la garantía en el caso de que el avalado no lo haga. Por lo
tanto, es una garantía ante el incumplimiento de una obligación y esta garantía
puede estar sustentada en dinero o en bienes. Se suele utilizar en operaciones
de crédito, en alquileres o en licitaciones y concursos públicos, facilitando
lo que técnicamente se denomina tráfico económico para que la economía se
desarrolle con normalidad. La popularidad del aval bancario viene dada por la
facilidad de cobro y porque el banco ofrece la solvencia y la liquidez
requerida.
Por tanto,
concurren tres figuras bien diferenciadas:
- Avalista: es la entidad financiera, que responderá de la deuda de su cliente en el caso de que este incumpla con sus obligaciones. Eso sí, sin funcionar como un seguro.
- Avalado: es el cliente bancario, el cual, trasladará su responsabilidad sobre el avalista en el caso de incumplimiento.
- Beneficiario: es la tercera persona, física o jurídica, que saldrá perjudicada por el incumplimiento del avalado, pudiendo exigir la responsabilidad directamente al avalista evitando su deterioro patrimonial gracias a la solvencia del banco.