30 de noviembre de 2021

Sor Lioba Zahn, la monja inversora de la abadía alemana de Mariendonk

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El año 2016 se caracterizó, entre otras cosas, por un giro en la escena política, provocando un profundo impacto en la economía mundial. La decisión de los británicos, mediante referéndum, de abandonar la UE en junio y la elección de Donal Trump como presidente de los Estados Unidos en noviembre abrieron un nuevo escenario de incertidumbre.

Ese año, la Reserva Federal decidió comenzar con una subida gradual de tipos, mientras que el Banco Central Europeo los bajó hasta el 0%: Estados Unidos se recuperaba de la crisis, se acercaba al pleno empleo y ya empezaba a tener algunos problemas con la inflación; mientras, Europa seguía sufriendo tasas de desempleo demasiado elevadas y disfrutaba de estabilidad de precios. El caso es que por primera vez en muchos años el ciclo monetario en Estados Unidos era opuesto al de Europa. La volatilidad en los mercados bursátiles también se dejó notar viendo cómo unos valores no dejaban de subir mientras que otros se desplomaban hasta mínimos históricos. En ese sentido, ese año, parecía haber registrado un patrón diferente, con alzas continuas que solo se verían interrumpidas por fueres movimientos correctivos que apenas duraban unos días.

En noviembre de 2016 el The Wall Street Journal, periódico estadounidense enfocado hacia la economía y los negocios, se hacía eco de cómo unas monjas de la abadía alemana de Mariendonk (monasterio benedictino en Grefranth, distrito de Mülhausen, cerca de Kempen, en la diócesis de Aquisgrán), más concretamente la hermana Lioba Zahn, salvaron la economía de su convento invirtiendo sus ahorros en activos financieros.

23 de noviembre de 2021

La destreza de crear una Cartera de Activos Financieros

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Puede parecer sencillo, pero configurar una cartera de inversión (conjunto de activos financieros en los que se invierten los ahorros) por uno mismo, sin tener unos medianos conocimientos sobre finanzas, no es fácil ni recomendable. Por esa razón, hay profesionales que se dedican a la creación y gestión de patrimonios con el fin de obtener beneficios para sus clientes. Aun así, pocas veces se obtienen los beneficios que inicialmente se habían previsto obtener con un determinado escenario de inversión.

Crear una cartera de activos financieros con el fin de rentabilizar los ahorros no es comparable con el hecho de ir a rellenar un boleto de la primitiva en una administración de loterías, lleva consigo la acción de seleccionar una serie de valores con unas expectativas de crecimiento, basadas en el análisis fundamental o técnico, que permitan obtener una rentabilidad positiva, descontando la inflación, asumiendo un determinado riesgo que siempre deberá ser controlado a sabiendas de lo que uno puede asumir. Además, habrá que disponer de un cierto capital del que se sepa el plazo temporal que se puede prescindir de él, teniendo en cuenta la premisa, sin condiciones, de que el dinero empleado en la cartea será aquél que se sepa que no se va a necesitar en un futuro inmediato. Una cartera de inversión puede estar formada por todo lo que tenga que ver con el patrimonio particular, incluidos los ahorros personales.

16 de noviembre de 2021

La Balanza de Pagos

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La globalización ha traído, entre otras cosas, la interconexión de las economías de todos los países, haciendo prosperar las relaciones financieras entre ellos. Todas las transacciones económicas que se realizan entre un país y los demás, en un período determinado (habitualmente un año), formarán parte de un registro contable, a modo de libro mayor, que recoge toda la información sobre ventas y compras de bienes y servicios, movimientos de capitales y otros conceptos. Ese documento contable es lo que se denomina Balanza de Pagos. Los datos ahí reflejados forman parte de un indicador macroeconómico que indica fidedignamente cuál es la situación económica de un país de una manera general, permitiendo conocer los ingresos que recibe del resto y los pagos que realiza el país a los otros, mediante importaciones y exportaciones de bienes, servicios, capital o transferencias en un periodo delimitado de tiempo. Su importancia radica en la fotografía del momento, permitiendo analizar las relaciones entre un país y el exterior donde se ve claramente si un país está en equilibrio monetario relacionando sus ingresos con sus pagos.

La opción ideal sería que la Balanza de Pagos fuese igual a cero. Pero puede ocurrir que los ingresos superen a los gastos, en este caso estaríamos hablando de un superávit o, en el caso contrario, déficit. Los datos siempre están referidos a todas las operaciones del país, sin importar si han sido realizadas por el sector público o el privado, por las empresas o de forma personal.

9 de noviembre de 2021

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

Una de las principales fuentes de ingresos de los Ayuntamientos es el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), conocido anteriormente como “Contribución Territorial Rústica y Pecuaria, la Contribución Territorial Urbana y el Impuesto Municipal sobre Solares” y que entró en vigor, siendo presidente del Gobierno Felipe González, el 1 de enero de 1990. Es un tributo municipal directo y de pago obligatorio que grava la titularidad de los derechos reales a todos aquellos propietarios o usufructuarios, físicos o jurídicos, que tienen a su nombre cualquier bien inmueble (a efectos del impuesto, el concepto de “bien inmueble” no coincide con el que se utiliza en la legislación hipotecaria ni en el Código Civil) de naturaleza urbana y rústica (pisos, casas, garajes, locales, trasteros, fincas, etc.) localizado en el municipio que lo recauda, independientemente de si aporta beneficios o no al sujeto que ocupe su titularidad. Tiene un carácter real y objetivo al cuantificar la carga tributaria sobre el valor del objeto sin tener en cuenta las circunstancias personales del sujeto pasivo.

El IBI lo abona el que fuera dueño del inmueble a día 1 de enero del año en curso, aunque posteriormente se haya vendido el inmueble. En el caso de venta y desde el año 2016, se estipula que el vendedor puede repercutir al comprador la parte proporcional del gravamen por los días pendientes hasta final de año, salvo que se pacte otra cosa. En el caso de que el inmueble esté en alquiler, salvo que se especifique lo contrario en el contrato, los impuestos y gastos generales los asume el propietario. En cualquier caso, el Ayuntamiento siempre exigirá el pago del IBI al dueño independientemente de los pactos establecidos entre arrendador y arrendatario.

2 de noviembre de 2021

Seguridad Social, ¿Reparto o Capitalización?

La Seguridad Social es el pilar de nuestro sistema de protección de prestaciones de asistencia sanitaria y pensiones. Sin embargo, ya son muchos los economistas especializados en sistemas de financiación, los que anticipan una posible quiebra de la Seguridad Social en los países más desarrollados. España, según ellos, tampoco es ajena a este problema debido a que la población está envejeciendo al aumentar la esperanza de vida, lo que impide que el dinero que se recaude de los trabajadores en activo, en el futuro, sea insuficiente para cubrir el monto necesario para sufragar las pensiones de los mayores. Añaden, también, el desconocimiento generalizado en materia de pensiones públicas y la falta de concienciación de una población que da por hecho que alguien vendrá que lo arreglará.

Nuestra Seguridad Social data de 1883 cuando la Comisión de Reformas Sociales de la época realizó los primeros estudios. De aquellos vientos, en 1908, surge el Instituto Nacional de Previsión y aparecen los primeros sistemas de cotización obligatoria. Poco a poco van surgiendo diversas coberturas obligatorias como el Seguro para el Retiro Obrero (1919), Seguro Obligatorio de Maternidad (1923), Seguro de Paro Forzoso (1931), Seguro de enfermedad (1942) y el SOVI (Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidad) en 1947. No dejan de aparecer mutualidades laborales, pero todo era insuficiente hasta que en 1963 surge la primera Ley de Bases de la Seguridad Social, precursora de la Ley General de la Seguridad Social que entra en vigor el 1 de enero de 1997 siendo el inicio de nuestro actual sistema de Seguridad Social descrito en el artículo 41 de la Constitución como un “régimen público”.

Posteriormente, se han ido realizando ampliaciones y modificaciones ante la insostenibilidad del sistema hasta que se incluye en los Presupuestos Generales del Estado, suscribiéndose en 1995 el Pacto de Toledo con la intención de garantizar el futuro de las prestaciones. Este Pacto incorpora grandes cambios como la creación de un Fondo de Reserva con los excedentes de ingresos, un sistema de financiación independiente, prestaciones no contributivas y mecanismos de jubilación flexibles. Las Pensiones Públicas son un derecho de los ciudadanos que nuestra Constitución recoge en su artículo 50: “Los poderes públicos garantizan, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad”. Por lo tanto y sin lugar a duda, tienen más riesgo de quiebra los Fondos Privados de Pensiones.