El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), siendo una figura impositiva
de la Hacienda española, es un impuesto de carácter directo, personal,
subjetivo, progresivo, periódico y analítico que grava la renta obtenida en un
año natural. Y es que es ahora, en estos días que quedan para que finalice el
año, cuando hay que planear qué se puede hacer para minimizar el coste
fiscal cuando se presente la liquidación del impuesto allá por la primavera
de 2024. Bien entendido que el ahorro máximo del impuesto está limitado al
importe de la cuota resultante de la autoliquidación, porque Hacienda no paga,
únicamente devuelve, si llega el caso, la retención practicada.
Las ventajas
fiscales que permiten ahorrarse impuestos son de fácil aplicación. Sin
embargo, debido al “efecto Mateo”, son aquéllos con mayor patrimonio y mayores
ingresos los que realmente se pueden aprovechar al máximo de todas las
ventajas. Los beneficios para el contribuyente también vienen por la vía de
una correcta planificación del IRPF, sin necesidad de defraudar. Por lo
tanto, el contribuyente deberá de tomar las decisiones adelantadas que más le
beneficie: así, se anticipará a tomar las decisiones oportunas antes de que
finalice el año; y, por otro lado, deberá de posponer otras que serán
claramente perjudiciales para sus intereses.
La
inversión en activos tiene repercusiones fiscales. Pero se da el caso de que el
inversor doméstico no las tiene en cuenta en multitud de ocasiones y las
finanzas personales requieren que se les dedique un tiempo para conocer su
alcance.