29 de abril de 2024

¿Cómo tributan los Activos Financieros en el IRPF?

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Cuando se invierten los ahorros en cualquier tipo de activo financiero si no se tienen en cuenta los impuestos es posible que la rentabilidad esperada difiera bastante de la real, hasta el punto de que una rentabilidad positiva se puede convertir en negativa si se deja fuera de la ecuación la variable fiscal. La primera noción que se ha de tener en cuanta es que de la misma forma que no todos los productos financieros son iguales, no todos tributan de la misma forma, ni en el mismo momento, existiendo enormes diferencias en el resultado. Y activos financieros que pagan muchos impuestos a lo largo de su vida financiera y otros por los que solo se paga al final, diferencia que no es nada despreciable sobre todo cuando las inversiones son a largo plazo.

La mayoría de los activos financieros tributan en la base del ahorro del IRPF a un tipo marginal que oscila entre el 19% y el 28% (19% hasta 6.000€, 21% entre 6.000€ y 50.000€, 23% entre 50.000€ y 200.000€, 27% entre 200.000€ y 300.000€ y 28% a partir de 300.000€). Hacienda hace distinción entre rendimientos del capital mobiliario y ganancias y pérdidas patrimoniales, pudiéndose compensar por separado y después entre sí, dentro de unas normas y límites establecidos, de tal forma que las minusvalías obtenidas se pueden compensar con las plusvalías porque únicamente se tributa por las ganancias reales.

Los únicos activos financieros que tributan en la base general, como rentas del trabajo, son los planes de pensiones, los planes de previsión asegurados (PPA), los seguros de dependencia y algún que otro seguro colectivo. En este caso, el tipo marginal de gravamen oscila entre el 19% y el 47% (el 19% hasta 12.449€, 24% entre 12.450€ y 20.199€, 30% entre 20.200€ y 35.199€, 37% entre 35.200€ y 59.999€, 45% entre 60.000€ y 299.999€ y 47% a partir de 300.000€). Estos porcentajes incluyen la parte estatal y comunitaria por lo que dependiendo en qué Comunidad Autónoma resida el contribuyente puede variar significativamente.

Los rendimientos de algunos activos financieros tienen retenciones a cuenta en el IRPF (cantidad que se detrae al contribuyente por el pagador para ingresarlos en Hacienda, deduciéndose en el momento de liquidar el impuesto). El tipo impositivo de la retención será siempre del 19%, excepto en los planes de pensiones, PPA, etc. que dependerá del tipo marginal que tenga el contribuyente.

Aunque es bueno saber, en líneas generales, cómo tributa cada vehículo de inversión, la mejor manera de optimizar la cartera desde el punto de vista financiero-fiscal es consultar a un asesor experto en la materia.

Fiscalidad de los depósitos y las cuentas remuneradas.

El beneficio de ambos productos se integrará dentro de los rendimientos del capital mobiliario, tributando a un tipo entre el 19% y el 28%, con una retención a cuenta del 19%.

En el caso de los depósitos, se pagarán cada vez que venza el producto, independientemente de su plazo. En las cuentas remuneradas, se pagará cada año en función de los beneficios obtenidos, información que emitirá la entidad financiera.

Fiscalidad de las Letras del Tesoro.

Sin importar el plazo, los beneficios obtenidos por su venta o amortización se considerarán rendimientos del capital mobiliario y tributan a un tipo entre el 19% y el 28%. No están sujetas a retención.

Fiscalidad de los Bonos y Obligaciones.

Generan rendimientos a través de los cupones y de su venta o amortización, considerándose rentas del capital mobiliario y tributan a un tipo entre el 19% y el 28%. Los cupones tienen una retención a cuenta del 19%, pero los beneficios que se obtengan por la venta o por la amortización no tienen retención.

Fiscalidad de las acciones.

Los rendimientos de las acciones tributan al recibir los dividendos, por la prima de asistencia juntas, por la prima de emisión de acciones y cuando se vendan. Los dividendos y las primas tributan como capital mobiliario a un tipo entre el 19% y el 28%. Llevan retención a cuenta y son deducibles los gastos de administración y depósito. La venta de las acciones forma parte de las ganancias y pérdidas patrimoniales, siendo su beneficio la diferencia entre el precio de venta y el de compra, siguiendo el criterio FIFO (first in, first out), de tal modo que las primeras acciones que se compraron son las primeras que se venden, independientemente del intermediario donde estén depositadas. Tributan a un tipo entre el 19% y el 28%.

Fiscalidad de los Fondos de Inversión.

Este vehículo de inversión tiene la ventaja que permite diferir el pago de impuestos, es decir, solo se tributa por ellos en el momento de la venta, no en el traspaso. Se tendrá en cuenta el criterio FIFO y están sujetos a una retención a cuenta del 19%. Tributan a un tipo entre el 19% y el 28% como ganancia o pérdida patrimonial.

Fiscalidad de los Fondos Cotizados (ETF).

Este producto, aunque es un fondo, se declara de la misma forma que las acciones, no se les puede aplicar el diferimiento fiscal ni están sujetos a retención. Tributan a un tipo entre el 19% y el 28%.

Fiscalidad de los Planes de Pensiones, PPA, etc.

Estos productos tributan como rentas del trabajo y no como rentas del ahorro por lo que el tipo establecido irá desde el 19% hasta el 47%. Permiten el diferimiento fiscal (igual que los fondos de inversión) e incluso desgravan las aportaciones realizadas por un importe de hasta 1.500€. Dependiendo del contribuyente, este activo de inversión puede no ser rentable fiscalmente.

Fiscalidad de las opciones, futuros, warrants y CFD.

Los beneficios tributan en la base del ahorro como ganancias y pérdidas patrimoniales, no tienen retención a cuenta y tributan a un tipo entre el 19% y el 28%.

Fiscalidad de los PIAS.

Este producto tiene ventajas fiscales que hacen que, según los casos, no se paguen impuestos, aplicando una reducción en función de la edad de contratación de la renta vitalicia y la antigüedad en la contratación del PIAS. El beneficio tributa como capital mobiliario a un tipo entre el 19% y el 28%.

Fiscalidad de los Unit linked

Este producto funciona como un fondo de inversión, pero al tratarse de un seguro de vida su fiscalidad varía. Tributa como rendimientos del capital mobiliario a un tipo entre el 19% y el 28%.

Fiscalidad de las criptomonedas.

Este producto tributa como las acciones, generando una ganancia o pérdida patrimonial. Por el contrario, el staking (consiste en bloquear ciertas criptomonedas para apoyar la seguridad de la red y los participantes reciben una recompensa a cambio de su compromiso) tributa como rendimiento del capital mobiliario y lo hace de la misma forma que los depósitos a un tipo entre el 19% y el 28%.

Fiscalidad de las obligaciones convertibles.

Tributan como rendimientos del capital mobiliario y están sujetas a una retención de 19%. En la conversión, la prima da lugar a rendimientos de capital mobiliario sin estar sometida a retención. El beneficio de la venta se integrará como ganancia o pérdida patrimonial. Tributan a un tipo entre el 19% y el 28%.

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