Ya
saben: llegar la primavera y con ella el comienzo de la campaña de la
declaración de la Renta del ejercicio que precede es todo uno. Es el momento en
el que Hacienda llama a nuestra puerta para recordarnos la obligación de
liquidar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Este
impuesto grava de forma directa y progresiva la suma de todos los ingresos
obtenidos (menos una serie de deducciones) en el transcurso del año precedente
al de la fecha de liquidación. Durante el año, vamos pagando unas cantidades a
cuenta de nuestros ingresos para, al llegar la época de la campaña, se haga la
correspondiente liquidación. Así, si hemos abonado de más durante el año,
Hacienda nos lo devolverá y si, por el contrario, no lo hemos satisfecho por
completo, es el momento de hacer el pago de lo que quede por liquidar.
El
IRPF cumplió, el 8 de septiembre de 2018, 40 años desde su aprobación en las
Cortes. Su implantación vino a modernizar el sistema fiscal un tanto
ineficiente que había hasta ese momento cuyo nombre era Impuesto General sobre
las Personas Físicas. La ley que regula el IRPF se publicó unos meses antes que
la Constitución, siendo presidente del Gobierno Adolfo Suárez y ministro de
Hacienda Francisco Fernández Ordóñez. Por lo tanto, IRPF y Constitución han ido
de la mano forjando nuestra Democracia.
Sin
lugar a duda, el IRPF es el tributo de mayor relevancia en España por motivos
políticos, recaudatorios, económicos y sociales. Por motivos políticos debido a
que es una moneda de cambio con el fin de la obtención de votos. Motivos
recaudatorios y económicos por lo evidente, y motivos sociales por la
importancia de las estadísticas del IRPF para los estudios de la política
social en nuestro país.
El IRPF cumplió, el 8 de septiembre de 2018, 40 años desde su aprobación en las Cortes.
El
caso es que al crearse se le asignaron 28 tramos y unos tipos impositivos que
iban desde el 15% al 65,5%, siendo en el ejercicio que nos ocupa de 5 tramos
con tipos del 19% al 45%. Tenían la obligación de presentar la Declaración
aquellos contribuyentes que sobrepasasen las 300.000 pesetas (el equivalente a unos
13.182€ actualizados según el IPC general). Las Declaraciones eran públicas
buscando una total transparencia del impuesto; tal era la idea de cumplir con
ese cometido que las listas se exponían en las delegaciones de Hacienda y era
habitual ver cómo la gente acudía, a modo de cotilleo entiendo, a echarle un
vistazo: ¿se imaginan esta situación ahora? Esa medida duró dos ejercicios
porque se creyó que el secuestro de Luis Suñer, por parte de ETA, tuvo que ver
con que fuese el español de la época con más ingresos declarados.
Por
aquel entonces, Hacienda lanzó una campaña de gran calado entre la población,
llegando incluso hasta nuestros días, con el eslogan de Stanley Bendelac “Ahora Hacienda somos todos. No nos
engañemos”. La campaña quiso concienciar al contribuyente a que realizase
su declaración y, lo más importante, que no mintiese en ella.
Paradójicamente,
al crearse el tributo y aunque se llamaba ‘sobre las personas físicas’, recaía
sobre la unidad familiar. Ello fue el motivo para que en 1991 sufriese su
primera gran reforma para, ahora ya sí, poder tributar de forma individual, pero
manteniendo, hasta nuestros días, la posibilidad de declararlo de forma
conjunta según proceda o salga más beneficioso para el contribuyente. Durante
esta reforma y las siguientes, siempre se han cambiado la cantidad de tramos
disponibles y se han variado los tipos impositivos, disminuyendo los máximos y
aumentando los mínimos según procedía. Gradualmente, las diferentes reformas,
han ido transfiriendo parte del IRPF a las Comunidades Autonómicas que tienen
competencias suficientes como para modificar una parte de él.
Los impuestos y su presentación han ido evolucionando según lo ha ido haciendo la sociedad española
Poco
a poco la tecnología se ha ido imponiendo con el fin de facilitar al
contribuyente en todo lo posible su presentación. En sus comienzos, había que
presentarlo en unos impresos de venta en los estancos y en las administraciones
que se podían rellenar a mano o a máquina. Posteriormente, se creó el
archiconocido Programa de Ayuda a la Declaración de la Renta (PADRE)
recientemente sustituido por Renta WEB y las aplicaciones disponibles para los
dispositivos móviles. La tecnología siempre ha sido una obsesión para la
Agencia Tributaria, obteniendo el logro de que España fuese en 1999 el primer
país del mundo en aceptar una Declaración de la Renta por Internet. En 1984 se
realizó el primer prototipo del programa PADRE para en 1996 poderse descargar
de la red. En 1998 se podían pedir los datos fiscales que Hacienda tenía de
nosotros. La primera prueba piloto del borrador de la Declaración se realizó en
2002. En 2004 se comienza a permitir la domiciliación bancaria con la ventaja
de poder pagar el último día de la campaña. En 2009 se crea la sede
electrónica, en 2014 PIN24H, instituido en 2015 por el sistema Cl@ve PIN y, en
2018, se lanzan aplicaciones para los dispositivos móviles, así como un
programa de llamadas salientes por parte del Fisco potenciando de esta forma la
asistencia telefónica. La última novedad reseñable fue la supresión de la
impresión en papel evitando así la necesidad de depurar presentaciones
duplicadas. En fin, Hacienda no solo ha ido innovando en la presentación del
IRPF, también lo ha ido llevando a cabo de la misma manera en todas las figuras
tributarias. Los impuestos y su presentación han ido evolucionando según lo ha
ido haciendo la sociedad española.
La
verdad es que a todos nos molesta pagar impuestos, pero tenemos que ser conscientes
que el Estado de Bienestar es importante y una buena parte de él se consigue
mediante los impuestos. Por supuesto que se podrían administrar más y mejor, pero eso es otro tema. Su esfuerzo y el mío quedan refrendados con esa cantidad
de servicios que la Administración pone a nuestra disposición. El contribuyente
siempre se ha quejado y se quejará de cumplir con sus obligaciones hacia el
Fisco, pero más motivos tenían para quejarse aquellos contribuyentes de la Edad
Media que pagaban impuestos por todo. En aquella época los impuestos recaían en
exclusiva en el pueblo y sus beneficiarios eran la Corona, la Nobleza y el
Clero. Eran impuestos indirectos, es decir, no dependían de la capacidad
económica del contribuyente ya que se gravaba el comercio, el consumo y la
producción. La Revolución Francesa ayudó a poner un poco las cosas en su sitio
obligando a los Nobles a contribuir también, pero, aun así, el sistema no era
justo. Si de justo o no justo hablásemos en la actualidad, haríamos una
tertulia interminable a tenor de quien se sentase enfrente de nosotros a
debatir. Mientras lo medita, acuérdese que tiene una invitación a presentarlo
antes del próximo 30 de junio.
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