7 de mayo de 2020

El 0,7% de la Asignación Tributaria en el IRPF

Cada año, el Fisco llama a la puerta del contribuyente permitiéndole elegir el destino de una parte del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Pudiendo optar o no, mediante la marcación de la casilla de la Asignación Tributaria, a colaborar con el sostenimiento de la Iglesia Católica o a subvencionar otros fines de interés social.

Desde el 1 de enero de 2007 y con carácter indefinido, el Estado destinará al sostenimiento de la Iglesia Católica el 0,7% de la cuota íntegra del IRPF correspondiente a los contribuyentes que marquen con una “X” la casilla 105 de su declaración.

El Estado destinará a subvencionar actividades de interés general, consideradas de interés social, el 0,7% de la cuota íntegra del IRPF correspondiente a los contribuyentes que marquen con una “X” la casilla 106 de su declaración con los siguientes porcentajes de posterior reparto: 2,85% al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente; el 19,43% al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y; el 77,72% al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.



Siendo así, cuando el contribuyente se disponga a rellenar su declaración se le presentan varias posibilidades: marcar una de las mencionadas casillas, marcar las dos o no marcar ninguna. La elección de cualquiera de las opciones que haya elegido no modificará el resultado final de la declaración independientemente de que salga a ingresar o a devolver.

Todas las declaraciones se presentarán mediante la plataforma Renta WEB. Deberá tener en cuenta que, por defecto, se le asignará la opción que hubiese marcado en la declaración del ejercicio anterior. Si no marcase ninguna de las casillas a propósito o por olvido, el sistema le mostrará un mensaje advirtiéndole que puede ejercitar la opción que desee o confirmar la ausencia.

Casi todo lo que recauda la Iglesia Católica por esta vía va destinado a financiar su funcionamiento (diócesis, Seguridad Social de sus sacerdotes, proyectos de rehabilitación, centros de formación o Cáritas Diocesana). El dinero que se recauda a través de la casilla de interés social se distribuye según la Ley de Presupuestos del Estado, dependiendo de las diferentes asociaciones que opten a las subvenciones a través de las convocatorias públicas que hacen los tres Ministerios que mencioné anteriormente. Si no se marca ninguna de ellas, el 0,7% de la cuota íntegra se imputará a los Presupuestos Generales del Estado sin saber a ciencia cierta a qué se destina dicho importe, aunque sí se sabe que irá destinado a fines generales.

Hasta ahí, todo bien. Pero a partir de ahí, la duda y la polémica de a dónde va a parar el dinero de los contribuyentes siempre genera opiniones dispares.

Por un lado, están aquellos que opinan que marcando alguna de las casillas o ambas, se convierten en “contribuyentes activos y solidarios” porque están decidiendo el destino de una parte de sus impuestos dejando de ser así meros “contribuyentes pasivos”.

En la otra orilla, están los que opinan que los impuestos se deben dedicar a beneficios comunes y que deben engrosar los Presupuestos del Estado. Porque al marcar alguna de las dos casillas, se está detrayendo de la recaudación general de todos los contribuyentes. Es decir, están reduciendo en un 0,7% por casilla la aportación a los gastos públicos.

Entre un extremo y otro tenemos a aquellos que dicen que la “X” de la Iglesia se utiliza únicamente para financiar su estructura, mientras que la otra “X” no se dedica a financiar las diferentes ONG’s sino a proyectos concretos de acción social, favoreciendo a la Iglesia porque recibe dinero por ambas partes poniendo como un ejemplo palpable a Cáritas. Y añaden que la Iglesia tiene su propia casilla mientras que la de “interés social”, al marcarla, no da la opción de elegir a qué ONG se quiere ayudar.

Según algunas encuestas a las que he tenido acceso, más del 40% de los contribuyentes marcan la “X” de “interés social”, más del 25% no marca ninguna, casi el 20% marca ambas y algo más del 10% se decanta por la Iglesia Católica.

Al margen de estas casillas, el contribuyente, como siempre, puede realizar donativos a entidades sin ánimo de lucro eligiendo directamente la ONG y el importe, pudiéndose deducir un porcentaje de la cantidad donada en su declaración y, por supuesto, seguir marcando o no alguna de las casillas de la Asignación Tributaria. Opciones no faltan.

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