19 de octubre de 2020

OPA, OPV, OPS: ¿En qué se diferencian?

El inversor, para adquirir activos financieros, tiene varias formas de hacerlo: desde una herencia, pasando por la compraventa ante notario, hasta la adquisición de esos activos en los Mercados Primarios o Secundarios.

Mercado Primario es un lugar físico o virtual donde se efectúa la venta al público de activos financieros que han sido recién emitidos y que solo pueden ser negociados una sola vez en el momento de su emisión. Las siguientes negociaciones que se realicen, se harán ya en el Mercado Secundario donde se negocian los títulos ya emitidos y en circulación. Fuera de estos Mercados, están los Mercados Fuera de Bolsa (Over the Counter) donde las operaciones se cierran entre las partes mediante un convenio privado.

En ocasiones, las propias empresas ofrecen al ahorrador o inversor particular la posibilidad de adquirir o suscribir acciones de la propia compañía por diferentes motivos: necesidad de capital, uno o varios accionistas venden su parte, una compañía externa desea hacerse con una empresa determinada. Para ello, hay diferentes formas de hacerlo, es el caso de las OPA’s, OPV’s y OPS’s.


OPA (Oferta Pública de Adquisición)

Una OPA tiene lugar cuando una sociedad quiere tomar el control de otra adquiriendo acciones a un precio más alto que el de cotización, incentivando a todos los accionistas a vender su parte a la empresa “opante”. De esta forma, la operación se convierte en rentable para los accionistas de la empresa “opada”. Aunque la empresa “opante” suele ofrecer efectivo por la empresa “opada”, también puede ofrecer acciones de la propia compañía “opante” o ambas cosas: dinero y acciones.

Existen varios tipos de OPA’s:

OPA amistosa: Cuando la OPA es aceptada por la cúpula directiva de la empresa “opada” sin tener en cuenta la opinión del accionista minoritario. Es decir, los accionistas significativos han decidido las condiciones de la OPA.

OPA hostil: Cuando la cúpula directiva de la empresa “opada” no está de acuerdo con la oferta propuesta. En este caso, es posible, que el pequeño accionista salga favorecido pues la empresa “opante” suele mejorar la oferta en conjunto.

OPA competidora: Cuando una compañía mejora una OPA inicial de otra empresa que inicialmente ya había presentado otra OPA pero que aún no ha sido aceptada.

OPA obligatoria: La ley obliga en determinadas circunstancias a lanzar una OPA cuando, por ejemplo, se pretende excluir una empresa de cotización, cuando se pretende tomar el control de la compañía “opada” o cuando se desee reducir el capital de la sociedad.

OPA voluntaria: Cuando la empresa “opante” no ofrece un precio o número de acciones determinado para acudir a la OPA, simplemente desea una porción el capital de la empresa “opada”.

Para emitir una OPA es necesario, en la mayoría de los casos, registrar el folleto informativo en la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores), el cual, recoge toda la información necesaria para que el inversor pueda tomar la decisión que considere oportuna en base a las condiciones oficiales y no oficiosas de la Oferta Pública.

OPV (Oferta Pública de Venta)

Una OPV tiene lugar cuando uno o varios accionistas representativos de una empresa desean vender sus acciones en su totalidad o en parte. Esta oferta puede ser general o restringida. Me explico: la OPV será general cuando es ofrecida a todo el público sin excepción y; por el contrario, será restringida cuando solo se ofrece a grupos determinados y específicos dejando fuera de lugar, como siempre, al minorista.

La OPV puede realizarse en una empresa admitida a cotización o una empresa no cotizada. La diferencia entre ambas es apreciable. En el primer caso, la empresa ya cotiza en Bolsa y es el deseo de uno o varios de sus accionistas mayoritarios de desprenderse de acciones de la compañía que es accionista. En el segundo, la empresa tiene el deseo de cotizar en Bolsa y para ello debe cumplir el requisito de “distribución suficiente” para que el público pueda acceder a las acciones de la empresa. Paso previo es solicitar una admisión de cotización.

En las OPV’s, el Capital Social de la empresa no varía, solo cambia de propietarios, no se crean nuevas acciones.

Como en el caso de la OPA’s, también es necesario registrar en la CNMV el correspondiente folleto informativo contando todas las condiciones.

OPS (Oferta Pública de Suscripción)

Una OPS tiene lugar cuando una empresa efectúa una ampliación de capital y ofrece acciones de nueva emisión a accionistas externos para, por ejemplo, la financiación de proyectos empresariales. Suele estar mejor vista que una OPV ya que el accionista mayoritario no sale de la empresa, se invita a otros accionistas a que entren en el accionariado de la compañía.

En este caso, el porcentaje de la participación de los antiguos accionistas disminuye pues, al entrar nuevos accionistas, se diluye el accionariado.

Cómo no, se registrará el folleto informativo en la CNMV como en los casos anteriores.

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La CNMV deja muy claro los conceptos que se utilizan en cualquiera de las Ofertas que he descrito:

  • La oferta se dirige a diferentes grupos de inversores en tramos: minoristas, cualificados y empleados.
  • El importe máximo que el minorista pagará por cada acción.
  • El precio del minorista será el menor entre el precio máximo minorista y el precio fijado para el inversor cualificado.
  • El mandato puede presentarse desde que se registre el folleto en la CNMV y es revocable.
  • La solicitud se inicia una vez fijado el precio máximo minorista y es irrevocable.
  • El prorrateo es el procedimiento por el cual se efectúa el reparto de las acciones del tramo minorista en el caso de que las peticiones excedan del volumen asignado.

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Cuando un inversor doméstico tenga intención de acudir a una OPA, OPV o OPS, debe de tener presente que siempre están condicionadas por una de las partes, y le aseguro que no es la parte del inversor minorista. 

Ha habido ejemplos de Ofertas muy exitosas y otras que han sido una verdadera desgracia para el accionista. Cuando ha sido exitosa la Oferta también ha sido exitosa la inversión fuera de ella. Sin embargo, cuando la Oferta ha sido un desastre, la operativa cotidiana de compraventa no ha tenido que ser así.

Otra cosa diferente es si nos pilla dentro del valor a ofertar. En este caso no nos queda más remedio que acudir al folleto informativo y consultar las características y riesgos de la oferta. A partir de ahí, tomamos la decisión que más nos guste sin tener en cuenta los rumores que surjan durante la colocación. Estos rumores, en la mayoría de los casos, son infundados.

Cuidado con el intermediario porque es parte implicada en el proceso. Nunca inflar la petición, aunque nuestro intermediario nos lo recomiende para compensar un posible prorrateo. Nos podemos inflar de títulos que no podemos pagar en el caso que la predicción del intermediario no haya sido acertada. Algunas veces sale bien, cuando sale.

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