14 de junio de 2023

¿Qué es un Seguro de Ahorro?

El futuro económico pasa por ahorrar e invertir lo ahorrado para poder mantener el poder adquisitivo. Para conseguirlo, no hay más remedio que hacer crecer el dinero guardado, pero llegado ese momento no se sabe muy bien qué hacer con él. Planificar las finanzas personales no es fácil para alguien que no esté familiarizado con los diferentes productos y alternativas que existen para ese fin, sumándose la complicación de elegir entre el amplio abanico de productos que existen en el mercado. El ahorrador/inversor busca productos que ofrezcan golosas rentabilidades y garantía de capital, tal es el caso de los Depósitos. Pero el problema le surge cuando al vencimiento de su depósito tiene que colocar su dinero de nuevo y su entidad bancaria no le ofrece lo que desea. Posiblemente, uno de los productos que puede satisfacer sus necesidades financieras, siendo uno de los menos conocidos por los ahorradores, es el Seguro de Ahorro (también llamado Seguro de Rentabilidad Garantizada e incluso Seguro de Renta).

¿Qué es un Seguro de Ahorro?

El Seguro de Ahorro es un contrato de seguro, comercializado por una aseguradora, en el que se asegura un capital al que se le añade una rentabilidad garantizada que se mantienen fija hasta la finalización del contrato. La póliza de esos seguros incluye un seguro de vida para que, en caso de fallecimiento del inversor, el beneficiario de la póliza reciba una pequeña cuantía que habrá sido especificada previamente en el contrato inicial. Habitualmente, esta cuantía de dinero se limita únicamente al capital aportado más los intereses generados hasta el fallecimiento. Por lo anterior, no es el producto más apropiado para cubrir las contingencias del fallecimiento, para eso existen otro tipo de seguros.

Este producto, al estar enmarcado dentro de los seguros, habrá un asegurado, un tomador y un beneficiario: el asegurado es la persona objeto de la cobertura; el tomador, quien contrata y paga la prima y; el beneficiario, quien cobrará el capital al producirse la contingencia que da derecho a ello.

Aunque no todos los Seguros de Ahorro son iguales, comparten una serie de características:

  • Se puede invertir en ellos mediante una prima única (asemejándose en este acaso a un depósito) o mediante aportaciones periódicas, pudiendo ser mensuales, trimestrales o anuales, según lo acordado en el contrato.
  • Existe un plazo de tiempo en el que el inversor no puede rescatar el dinero aportado.
  • La aseguradora ofrece una rentabilidad garantizada por contrato.
  • El dinero se suele invertir en activos financieros conservadores.
  • A mayor plazo mayor tipo de interés se ofrece.

La liquidez de este producto es variable en función de la compañía que lo comercialice, por eso es muy importante fijarse en las condiciones que se pacten. Algunas aseguradoras, ofrecen liquidez a partir del primer año de vida y posteriormente establecen unos periodos específicos. Otras, no ofrecen la posibilidad de rescate hasta su vencimiento y a cambio ofrecen unos préstamos con un interés ventajoso para el inversor. También es posible, en determinados casos, recuperar el dinero a cambio de una reducción considerable del interés pactado y con unas comisiones que, muchas veces, hacen que el inversor entre en pérdidas. Algunas pólizas incluyen la posibilidad de un rescate parcial que será, normalmente, a partir del primer año e incluso finalizar el compromiso de las aportaciones periódicas.

La rentabilidad del Seguro de Ahorro varía en función de la necesidad de capital que tenga la entidad financiera colocadora. Por este motivo, existen multitud de ofertas en el mercado que, al compararlas, cada una ofrece características similares, pero bien diferenciadas. Dependiendo, por ejemplo, del plazo de contratación, la rentabilidad varía significativamente. Y lo más importante: la rentabilidad que ofrece la entidad no se refiere a la real, será un tipo de interés básico que usa la comercializadora para hacer los cálculos ya que de ese interés se descontarán los gastos, por ejemplo, del seguro de vida que lleva implícito. Habitualmente la rentabilidad es superior a la de los depósitos bancarios, pero inferior a otros productos de inversión como los Fondos de Inversión. La rentabilidad aumentará en tiempos en que los intereses del ahorro están muy bajos. Lógicamente, todo esto viene escrito en el contrato que se firma.

Cuando se contrata cualquier producto de inversión siempre hay que tener en cuenta la seguridad con la que cuenta. En el caso que nos ocupa, es una empresa aseguradora la que ofrece el Seguro de Ahorro, no una entidad financiera como suele ser lo habitual. Las aseguradoras están reguladas por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, pero esto no quiere decir nada a la hora de elegir una entidad que tenga una cierta solvencia. En caso de quiebra de la aseguradora es el Consorcio de Compensación de Seguros el encargado de liquidar la empresa, pero sin garantizar el ahorro aportado. Aun así, el riesgo de un Seguro de Ahorro está bastante controlado porque la Administración la exige una alta solvencia y no pueden invertir en activos de elevado riesgo.

Fiscalidad de los Seguros de Ahorro

Una particularidad muy importante de los Seguros de Ahorro es su fiscalidad. Al formar parte del grupo de los seguros hay que tener en cuenta quién es o será el beneficiario de éste, es decir, quién recibirá el capital invertido.

En el caso de que la figura de tomador y beneficiario recaigan en la misma persona, ésta debe declarar la ganancia obtenida como un rendimiento del capital mobiliario como si de otro producto de ahorro se tratase.

Por el contrario, si el beneficiario es distinto al tomador, el Fisco considerará que es una donación siempre y cuando el asegurado esté vivo. En este supuesto, ya no se tributará en el IRPF sino en el Impuesto de Donaciones y Sucesiones. Si el asegurado ha fallecido, el seguro lo cobrará el beneficiario quien declarará el capital recibido en el Impuesto de Sucesiones.

Como sabéis, los seguros no forman parte de la masa hereditaria. Entonces, si queréis dejar una porción de vuestra fortuna al alguien que no forme parte de vuestros herederos legales o queréis mejorar a uno de ellos de forma especial, podéis contratar un Seguro de Ahorro con ese fin, poniendo en el contrato como beneficiario a ese alguien.

El Seguro de Ahorro no es un Depósito

Las entidades financieras suelen equiparar el Seguro de Ahorro a los Depósitos y no es así. Hay varias diferencias muy significativas que hay que valorar antes de contratar un producto de este tipo.

Ya comenté anteriormente, que cuando un Seguro de Ahorro habla de rentabilidad no se refiere a la TAE sino a un interés técnico pues, de esa rentabilidad, hay que restar los gastos de gestión, la prima del seguro de vida y las comisiones de intermediación.

El Seguro de Ahorro no está protegido por el Fondo de Garantía de Depósitos, únicamente respondería la aseguradora o entidad financiera que lo comercialice. Por tanto, al contratarlo hay que tomar la debida cuenta de la solvencia de la compañía.

La cancelación anticipada de un Seguro de Ahorro puede conllevar pérdidas patrimoniales dependiendo de las condiciones que haya impuesto la entidad que lo comercializa.

Tipos de Seguros de Ahorro

En la actualidad, los Seguros de Ahorro se materializan a través de una serie de productos:

  • Unit Linked. Está considerado como un híbrido entre un Seguro de Ahorro y un activo financiero. El capital aportado se divide en dos partes: por un lado, está la prima del seguro de vida y por otra estaría una cesta de activos financieros que será la encargada de proporcionar la rentabilidad establecida, ofreciendo una mayor capacidad de gestión al titular de la póliza.
  • Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS). Es un tipo de Seguro de Ahorro a largo plazo que suele estar compuesto por una cartera diversificada de fondos con el fin de asegurar una renta vitalicia. Es destacable que la hora de su rescate en forma de renta vitalicia tiene ciertas ventajas fiscales y, por otro lado, su flexibilidad a la hora de las aportaciones.
  • Plan de Previsión Asegurado (PPA). Es un Seguro de Ahorro a largo plazo y su régimen jurídico y fiscal es similar a un Plan de Pensiones. Su principal característica es que garantiza un tipo de interés y un cierto capital a la fecha de vencimiento de la garantía que suele coincidir con el momento de la jubilación.
  • Seguro de Renta Vitalicia. Con este producto el titular se asegura una renta periódica todos los años de vida. La cuantía a percibir dependerá del capital aportado y de la rentabilidad obtenida.
  • Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo (SIALP) o Plan de Ahorro 5. Este tipo de Seguro de Ahorro tiene la ventaja fiscal que si el capital aportado no supera los 5.000€ anuales y la inversión se mantiene durante un plazo mínimo de cinco años, su rescate estará exento de tributación. Además, se garantiza el 85% del capital aportado.

Un Seguro de Ahorro está orientado a aquellos ahorradores/inversores que tengan necesidad de diversificar. También para aquellos que quieran obtener una pequeña rentabilidad para sus ahorros sin correr demasiados riesgos y, la vez, proteger al beneficiario en caso de fallecimiento. Siendo un producto sencillo, es muy recomendable fijarse bien en las condiciones que estípula el contrato.

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