¿Qué es un Seguro
de Ahorro?
El Seguro de
Ahorro es un contrato de seguro, comercializado por una aseguradora, en el que
se asegura un capital al que se le añade una rentabilidad garantizada que se mantienen
fija hasta la finalización del contrato. La póliza de esos seguros incluye un seguro
de vida para que, en caso de fallecimiento del inversor, el beneficiario de la
póliza reciba una pequeña cuantía que habrá sido especificada previamente en el
contrato inicial. Habitualmente, esta cuantía de dinero se limita únicamente al
capital aportado más los intereses generados hasta el fallecimiento. Por lo
anterior, no es el producto más apropiado para cubrir las contingencias del
fallecimiento, para eso existen otro tipo de seguros.
Este
producto, al estar enmarcado dentro de los seguros, habrá un asegurado, un
tomador y un beneficiario: el asegurado es la persona objeto de la cobertura;
el tomador, quien contrata y paga la prima y; el beneficiario, quien cobrará el
capital al producirse la contingencia que da derecho a ello.
Aunque no
todos los Seguros de Ahorro son iguales, comparten una serie de
características:
- Se puede invertir en ellos mediante una prima única (asemejándose en este acaso a un depósito) o mediante aportaciones periódicas, pudiendo ser mensuales, trimestrales o anuales, según lo acordado en el contrato.
- Existe un plazo de tiempo en el que el inversor no puede rescatar el dinero aportado.
- La aseguradora ofrece una rentabilidad garantizada por contrato.
- El dinero se suele invertir en activos financieros conservadores.
- A mayor plazo mayor tipo de interés se ofrece.
La liquidez
de este producto es variable en función de la compañía que lo comercialice, por
eso es muy importante fijarse en las condiciones que se pacten. Algunas
aseguradoras, ofrecen liquidez a partir del primer año de vida y posteriormente
establecen unos periodos específicos. Otras, no ofrecen la posibilidad de
rescate hasta su vencimiento y a cambio ofrecen unos préstamos con un interés
ventajoso para el inversor. También es posible, en determinados casos, recuperar
el dinero a cambio de una reducción considerable del interés pactado y con unas
comisiones que, muchas veces, hacen que el inversor entre en pérdidas. Algunas
pólizas incluyen la posibilidad de un rescate parcial que será, normalmente, a
partir del primer año e incluso finalizar el compromiso de las aportaciones
periódicas.
La
rentabilidad del Seguro de Ahorro varía en función de la necesidad de capital
que tenga la entidad financiera colocadora. Por este motivo, existen multitud
de ofertas en el mercado que, al compararlas, cada una ofrece características
similares, pero bien diferenciadas. Dependiendo, por ejemplo, del plazo de
contratación, la rentabilidad varía significativamente. Y lo más importante: la
rentabilidad que ofrece la entidad no se refiere a la real, será un tipo de
interés básico que usa la comercializadora para hacer los cálculos ya que de
ese interés se descontarán los gastos, por ejemplo, del seguro de vida que
lleva implícito. Habitualmente la rentabilidad es superior a la de los
depósitos bancarios, pero inferior a otros productos de inversión como los
Fondos de Inversión. La rentabilidad aumentará en tiempos en que los intereses
del ahorro están muy bajos. Lógicamente, todo esto viene escrito en el contrato
que se firma.
Cuando se
contrata cualquier producto de inversión siempre hay que tener en cuenta la
seguridad con la que cuenta. En el caso que nos ocupa, es una empresa
aseguradora la que ofrece el Seguro de Ahorro, no una entidad financiera como
suele ser lo habitual. Las aseguradoras están reguladas por la Dirección
General de Seguros y Fondos de Pensiones, pero esto no quiere decir nada a la
hora de elegir una entidad que tenga una cierta solvencia. En caso de quiebra
de la aseguradora es el Consorcio de Compensación de Seguros el encargado de
liquidar la empresa, pero sin garantizar el ahorro aportado. Aun así, el riesgo
de un Seguro de Ahorro está bastante controlado porque la Administración la exige
una alta solvencia y no pueden invertir en activos de elevado riesgo.
Fiscalidad de
los Seguros de Ahorro
Una
particularidad muy importante de los Seguros de Ahorro es su fiscalidad. Al
formar parte del grupo de los seguros hay que tener en cuenta quién es o será
el beneficiario de éste, es decir, quién recibirá el capital invertido.
En el caso de
que la figura de tomador y beneficiario recaigan en la misma persona, ésta debe
declarar la ganancia obtenida como un rendimiento del capital mobiliario como
si de otro producto de ahorro se tratase.
Por el
contrario, si el beneficiario es distinto al tomador, el Fisco considerará que
es una donación siempre y cuando el asegurado esté vivo. En este supuesto, ya
no se tributará en el IRPF sino en el Impuesto de Donaciones y Sucesiones. Si el
asegurado ha fallecido, el seguro lo cobrará el beneficiario quien declarará el
capital recibido en el Impuesto de Sucesiones.
Como sabéis,
los seguros no forman parte de la masa hereditaria. Entonces, si queréis dejar
una porción de vuestra fortuna al alguien que no forme parte de vuestros
herederos legales o queréis mejorar a uno de ellos de forma especial, podéis
contratar un Seguro de Ahorro con ese fin, poniendo en el contrato como
beneficiario a ese alguien.
El Seguro de
Ahorro no es un Depósito
Las entidades
financieras suelen equiparar el Seguro de Ahorro a los Depósitos y no es así.
Hay varias diferencias muy significativas que hay que valorar antes de
contratar un producto de este tipo.
Ya comenté
anteriormente, que cuando un Seguro de Ahorro habla de rentabilidad no se
refiere a la TAE sino a un interés técnico pues, de esa rentabilidad, hay que
restar los gastos de gestión, la prima del seguro de vida y las comisiones de
intermediación.
El Seguro de
Ahorro no está protegido por el Fondo de Garantía de Depósitos, únicamente
respondería la aseguradora o entidad financiera que lo comercialice. Por tanto,
al contratarlo hay que tomar la debida cuenta de la solvencia de la compañía.
La
cancelación anticipada de un Seguro de Ahorro puede conllevar pérdidas
patrimoniales dependiendo de las condiciones que haya impuesto la entidad que
lo comercializa.
Tipos de
Seguros de Ahorro
En la
actualidad, los Seguros de Ahorro se materializan a través de una serie de
productos:
- Unit Linked. Está considerado como un híbrido entre un Seguro de Ahorro y un activo financiero. El capital aportado se divide en dos partes: por un lado, está la prima del seguro de vida y por otra estaría una cesta de activos financieros que será la encargada de proporcionar la rentabilidad establecida, ofreciendo una mayor capacidad de gestión al titular de la póliza.
- Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS). Es un tipo de Seguro de Ahorro a largo plazo que suele estar compuesto por una cartera diversificada de fondos con el fin de asegurar una renta vitalicia. Es destacable que la hora de su rescate en forma de renta vitalicia tiene ciertas ventajas fiscales y, por otro lado, su flexibilidad a la hora de las aportaciones.
- Plan de Previsión Asegurado (PPA). Es un Seguro de Ahorro a largo plazo y su régimen jurídico y fiscal es similar a un Plan de Pensiones. Su principal característica es que garantiza un tipo de interés y un cierto capital a la fecha de vencimiento de la garantía que suele coincidir con el momento de la jubilación.
- Seguro de Renta Vitalicia. Con este producto el titular se asegura una renta periódica todos los años de vida. La cuantía a percibir dependerá del capital aportado y de la rentabilidad obtenida.
- Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo (SIALP) o Plan de Ahorro 5. Este tipo de Seguro de Ahorro tiene la ventaja fiscal que si el capital aportado no supera los 5.000€ anuales y la inversión se mantiene durante un plazo mínimo de cinco años, su rescate estará exento de tributación. Además, se garantiza el 85% del capital aportado.
Un Seguro de
Ahorro está orientado a aquellos ahorradores/inversores que tengan necesidad de
diversificar. También para aquellos que quieran obtener una pequeña
rentabilidad para sus ahorros sin correr demasiados riesgos y, la vez, proteger
al beneficiario en caso de fallecimiento. Siendo un producto sencillo, es muy
recomendable fijarse bien en las condiciones que estípula el contrato.
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