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12 de marzo de 2024

Impuestos, Tasas y Contribuciones Especiales. ¿Qué son y en qué se diferencian?

Foto by pixabay.com
La principal fuente de financiación de las Administraciones Públicas son los tributos cuya configuración viene dada por los impuestos, las tasas y las contribuciones especiales. Sin embargo, estos conceptos, que no son sinónimos, pueden dar lugar a errores a la hora de su aplicación y funcionalidad.

En economía, se entiende por tributo aquella aportación que los ciudadanos tienen que pagar a las Administraciones Públicas para que éstas las utilicen según las necesidades. Para conocer el concepto de tributo es necesario comprender la figura del hecho imponible: circunstancia o presupuesto de hecho que la ley establece para configurar cada tributo, cuya realización origina el pago. Por ejemplo, la posesión de un bien inmueble es el hecho imponible en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).

Por eso, conocer qué son y en qué se diferencian los impuestos, las tasas y las contribuciones especiales es importante a la hora de realizar una adecuada planificación fiscal.

12 de abril de 2022

Impuesto sobre el Patrimonio

La prosperidad proviene del ahorro, no del gasto. Definir un plan de ahorro lleva consigo una estabilidad financiera al crear una base económica a partir de la cual se sustenta la economía familiar, desde la más modesta hasta los grandes capitales. El primer principio para conseguir una adecuada planificación financiera es saber cuál es el monto exacto del patrimonio con el que se cuenta. Eso se consigue sumando todos los saldos existentes en cuantas bancarias, el valor de todos los inmuebles y de todos los bienes que puedan ser susceptibles de valoración y el importe de las carteras de inversión. Una vez obtenida esa suma, habrá que restarle las deudas y obligaciones contraídas por el titular. El resultado es la valoración exhaustiva de la riqueza personal o lo que, comúnmente, se conoce como patrimonio. Con carácter general se establece la exención de determinados bienes y derechos, como es el caso de la vivienda habitual del contribuyente hasta un importe máximo de 300.000€, el ajuar doméstico, Bienes Integrantes del Patrimonio Histórico, algunos objetos de arte y antigüedades, derechos de la propiedad intelectual e industrial o participaciones en determinadas entidades.

El Impuesto sobre el Patrimonio (IP), recayendo sobre las personas físicas, es un tributo individual, directo y general que grava el valor neto de la propiedad o la posesión de patrimonio y, además, es complementario del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). El IP, aunque es un impuesto regulado y establecido por el Estado, está transferido plenamente a las Comunidades Autónomas. Nació con carácter transitorio y suprimiéndose en algún periodo, actualmente se ha implantado con carácter permanente y con ocho tramos que oscilan entre el 0,2% y el 2,5%, aunque su cuantía variará en función del territorio donde se presente, es más, algunas autonomías superan la horquilla mencionada. También, dependiendo de qué Comunidad Autónoma, existe un mínimo de patrimonio exento.

9 de julio de 2020

Curva de Laffer


Los impuestos son una fuente fundamental de ingresos que disponen los Estados para llevar a cabo sus cometidos. La lógica dice que a mayores impuestos mayor será la recaudación, pero, en realidad, esa afirmación no tiene por qué repercutir necesariamente en un aumento de los ingresos fiscales. Los gobiernos e instituciones tienen muy complicado saber en qué momento deben subir o bajar los impuestos para conseguir mayores niveles de recaudación hacendística.

En el otoño de 1970 cenaban juntos en un restaurante de Washington el jefe y el subjefe del gabinete del presidente Gerald Ford (Donald Rumsfeld y Dick Cheney, respectivamente), un periodista del Wall Street Journal (Jude Wanniski) y el economista de la Escuela de Chicago, Arthur Laffer. Conversaban sobre la situación económica del país y la necesidad o no de subir los impuestos con el fin de aumentar la recaudación. En un momento dado, Laffer, tomó el control de la conversación al espetar que el Estado, para aumentar la recaudación, debería reducir los impuestos en vez de subirlos. Los políticos y el periodista discreparon de inmediato ante semejante propuesta soltando una carcajada al unísono. El economista, al no tener un papel a mano, tomó su servilleta de tela blanca y en ella esbozó la conocida Curva de Laffer, en forma de campana, para explicar de forma esquemática, en un eje de coordenadas cartesianas, la relación entre el Tipo Impositivo y los Ingresos Fiscales, y cómo el aumento de los impuestos no produciría el resultado esperado, es más, provocaría el efecto contrario: una reducción de los ingresos. Con ese dibujo plasmado en una servilleta (la cual se exhibe actualmente en el Museo Nacional de Historia Estadounidense de Washington) Laffer fue capaz de explicar su teoría que, a todas luces, iba en contra de la lógica económica de la época.