Alquilar una
vivienda supone un gasto importante en el día a día y los precios no paran de
subir debido a la disparidad existente entre la oferta y la demanda. Pero
también se hace muy considerable el desembolso inicial que no todos los
potenciales inquilinos pueden asumir. En términos generales, el inquilino tiene
que desembolsar un importe similar a tres mensualidades para habitar una
vivienda en alquiler: el mes en curso, la fianza arrendaticia y, en ocasiones,
una garantía adicional.
El Ministerio
de Vivienda y Agenda Urbana ha publicado recientemente su Sistema Estatal de Referencia de Precios de Alquiler de Vivienda con el fin de intentar, de
nuevo, corregir los precios de alquiler de las viviendas. La realidad es que
ninguna de las intervenciones que ha aplicado el Gobierno han sido capaces de
controlar los precios. Y, según los expertos, este Sistema de Referencia de
Precios tampoco será capaz de reducir la brecha existente entre la oferta y la demanda, siendo esta última creciente, lo que hace que los precios sigan
“tensionados” al alza.
El Sistema
ofrece una horquilla de precios de alquiler. Para consultar ese rango de
precios sólo es necesario entrar en el Sistema e introducir la dirección
completa o la referencia catastral de la vivienda. Además, se debe de indicar
una serie de datos de las características de dicha vivienda y del contrato de
arrendamiento.
El resultado
obtenido sólo se tendrá en cuanta para los nuevos contratos de alquiler que se
firmen en las zonas que se declaren como tensionadas. En ningún caso se usará con
carácter retroactivo, ni tampoco para negociar el precio de un nuevo contrato
para una vivienda que no se encuentre dentro del mercado tensionado.
El índice de
precios se ha elaborado a partir de los importes declarados en el IRPF por
parte de los arrendadores cuyos arrendatarios utilizan la vivienda como
residencia habitual. Dichos datos tienen un retraso importante, por lo que los
precios no son acordes con los precios de los alquileres en tiempo real. Por lo
tanto, los expertos se plantean su utilidad al solo ser de aplicación en las
zonas tensionadas.
El Sistema
estará operativo a mediados de marzo, pudiendo repercutir en importantes
bajadas de precio en el caso de las viviendas que estén en manos de los grandes
tenedores. Estos ajustes tan drásticos provocarán una desincentivación de la
inversión al ir en contra de la seguridad jurídica de los inversores que han
apostado por la vivienda residencial con calidades superiores al resto de la
oferta.
La mayoría
del mercado del alquiler se encuentra en manos de pequeños propietarios, para
ellos supondrá una congelación de los precios en el caso de que sus inmuebles
se encuentren en una zona tensionada. Al renovar el contrato o al hacer uno
nuevo, la referencia de precio será la del contrato anterior. Pero para los
grandes tenedores, el precio será el del último contrato o el que fije el
Sistema en el caso de que éste marque un precio inferior.
La
declaración de zona tensionada va a depender de las Comunidades. La podrán
declarar si el precio del alquiler o hipoteca supera el 30% del ingreso medio
del hogar, y si el precio de compra o del alquiler ha aumentado en los últimos
cinco años más de tres puntos por encima del IPC autonómico. De momento, sólo
la comunidad de Cataluña es la que ha anunciado su intención de limitar los
precios del alquiler en las zonas que ha considerado como tensionadas.
Desde la
patronal y la Asociación de Promotores y Constructores de España opinan que el
índice de precios no es la mejor solución al problema del alquiler, señalan que
el problema proviene de la falta de oferta y ésta seguirá a la baja. Añaden,
incluso, que los pequeños propietarios pondrán los pisos a la venta y buscarán
otras alternativas para obtener rentabilidad, evitando así el intervencionismo
que lo único que hace es distorsionar el mercado y no en la dirección que se
pretende.
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